So this extension of validity is only for pilots working in spain? So if you work in other country, no extension. Please confirm.
El COPAC ha solicitado a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) una serie de aclaraciones sobre la situación de algunos profesionales que no se encuentran contemplados en la Resolución de AESA sobre la exención para la extensión de los periodos de validez de las licencias, habilitaciones y certificados de tripulaciones de vuelo, instructores y examinadores publicada el pasado 18 de marzo.
A continuación se recogen algunas de las aclaraciones de AESA:
1. Quedan fuera del ámbito de aplicación de la citada Resolución los siguientes casos:
• Los pilotos desempleados titulares de una licencia de piloto comercial emitida conforme la Parte FCL.
• Los pilotos titulares de una licencia de piloto comercial emitida conforme la Parte FCL que ejercen en terceros países en base a la misma.
• Los pilotos titulares de una licencia de piloto comercial emitida conforme la Parte FCL que realicen operaciones de Lucha Contra Incendios (LCI) y Búsqueda y Salvamento (SAR) cuyas organizaciones operan bajo un Certificado de Operador Especial (COE, al amparo del Reglamento 750/2014).
• Los instructores y examinadores que participen en actividades para titulares de licencias de piloto privado (PPL) y alumnos piloto.
Buenas Jimmy,
Te recomiendo que contactes con el email que muestro abajo para realizar tus consultas y solicitar aclaraciones:
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